Divulgación de la Ley de Transparencia de California

DIVULGACIONES EXIGIDAS EN VIRTUD DE LA LEY DE CALIFORNIA DE 2010 SOBRE TRANSPARENCIA EN CADENAS DE SUMINISTRO

The Dow Chemical Company (“Dow”) es firmante del Pacto Mundial de las Naciones Unidas y se compromete a promover conductas socialmente responsables alineadas con los 10 principios universalmente aceptados, incluidos aquellos relacionados con los derechos humanos y el trabajo: (4) la eliminación de cualquier forma de trabajo forzado u obligatorio y (5) la abolición efectiva del trabajo infantil. Estos principios se encuentran imbricados a lo largo del Estándar Diamante — (el "Código"). Todos los empleados de Dow y sus filiales, incluidos aquellos con responsabilidad directa en la gestión de la cadena de suministro deben conocer y acatar este Código. Cada empleado debe seguir una rigurosa formación sobre el contenido y aplicación del Código, y cada empleado debe reconocer periódicamente que ha leído el Código y acepta cumplirlo. Dow toma muy en serio e investiga exhaustivamente, de una manera respetuosa, confidencial y justa, todas las posibles infracciones legales o del Código. Cuando se confirme una alegación a una infracción del Código por parte de un empleado, se convocará un equipo directivo apropiado para revisar las conclusiones de la investigación y determinar un resultado final. De acuerdo con la gravedad de la infracción, las medidas disciplinarias pueden incluir: advertencias verbales o escritas, suspensión de empleo con o sin sueldo, pérdida o reducción de los bonos o de las opciones sobre acciones, degradación o, para las ofensas más graves o mala praxis reiterada, despido. Términos del Código Dow:

El respeto por los derechos humanos y la dignidad es una piedra angular de nuestro negocio.

  • No empleamos trabajo forzado o involuntario.
  • Cumplimos con todas las leyes aplicables sobre el trabajo infantil.

El compromiso de Dow, sin embargo, no acaba aquí. Con este fin, Dow reveló en marzo de 2011 su Código de Conducta Empresarial para Proveedores (el “Código de Proveedores”), que articula claramente los principios básicos de conducta de los proveedores que trabajen con Dow. El Código de Proveedores fue enviado en marzo de 2011 a los más de 35.000 proveedores de Dow en todo el mundo, y publicado en Dow.com. Entre otras cosas, el Código de Proveedores establece las expectativas de Dow respecto a los Derechos Humanos y el trabajo:

  • No al trabajo forzado u obligatorio: Los proveedores no emplearán trabajo forzado o involuntario, incluidos el trabajo en prisión, trabajo no remunerado, trabajo en régimen de servidumbre o mano de obra esclava.
  • No al acoso y abuso en el trabajo: Los proveedores garantizarán que sus empleados no están sujetos a acoso psicológico, verbal, sexual o físico, o a ninguna forma de abuso, y deben cumplir con todas las leyes aplicables sobre acoso y abuso de trabajadores.
  • No al trabajo infantil: Los proveedores deben cumplir con todas las leyes aplicables sobre el trabajo infantil.

El Código de Proveedores también detalla las expectativas de Dow respecto a los sistemas y procedimientos de los proveedores para garantizar el cumplimiento por sí mismos y por sus proveedores, y las posibles consecuencias del incumplimiento:

  • Cumplimiento: Dow espera que sus proveedores implementen sistemas y controles para promover el cumplimiento de las leyes aplicables y de los principios establecidos en este Código, lo que incluye políticas, formación, supervisión y mecanismos de auditoría. Los proveedores también deben aplicar estos principios o similares a las subcontratas y los proveedores con los que trabajan para proporcionar bienes y servicios a Dow. Dow se reserva el derecho de evaluar y supervisar el cumplimiento de los proveedores en relación a este Código. Se espera que los proveedores que no estén cumpliendo con este Código implementen acciones correctivas. De lo contrario, pueden no ser considerados para futuros negocios.

La mayoría de las plantillas de órdenes de compra y contratos de Dow han sido actualizadas, e incluyen nuevas cláusulas para requerir el cumplimiento del Código del Proveedor por parte de los proveedores, con la intención de que todos los nuevos proveedores de Dow acaten dicho código. Dow tiene intención de añadir cláusulas similares en las renovaciones de todos los contratos. Además, como parte de las siguientes fases del lanzamiento del Código del Proveedor de Dow, y mientras los proveedores se familiarizan con él, Dow está evaluando actualmente la necesidad de certificaciones de cumplimiento, autoevaluaciones y/o auditorías de cumplimiento. Actualmente, Dow emplea un estricto proceso de certificación de proveedor interno para nuevos proveedores. No se ha decidido aún si las evaluaciones futuras serán verificadas, si las auditorías del proveedor han de ser realizadas por terceros independientes, o si las auditorías se llevarán a cabo sin previo aviso.